30 de octubre de 2026·8 min

IVA en servicios veterinarios en México: qué está exento

En México, la consulta veterinaria está exenta de IVA si la cobra un médico veterinario persona física o una sociedad civil (LIVA art. 15 fr. XIV y Reglamento art. 41); una S.A. de C.V. cobra 16%. Estética, hotel y alimento para mascotas pagan 16%; los medicamentos de patente veterinarios, 0%. Veteris hoy no timbra el CFDI en México.

Julianny Ganabela Belandria Dorante
Julianny Ganabela Belandria Dorante
Directora de Desarrollo · TotalMed y Veteris
IVA en servicios veterinarios en México: qué está exento

La respuesta corta

En México, el IVA veterinario depende de quién cobra. La consulta y la cirugía de un médico veterinario titulado están exentas de IVA si las presta una persona física o una sociedad civil (LIVA art. 15, fracción XIV, y art. 41 del Reglamento). Una clínica constituida como sociedad mercantil cobra 16%. Estética, hotel y alimento para mascotas pagan 16%; los medicamentos de patente veterinarios, 0%.

Esta guía es para el dueño de la clínica que fija precios, emite el CFDI y declara cada mes. No reemplaza a tu contador: te da el artículo exacto para que la conversación con él sea corta.

Qué es el IVA en un servicio veterinario

El IVA es el impuesto al valor agregado: lo paga el cliente dentro del precio, y quien lo cobra lo traslada por separado en el comprobante y lo entera al SAT.

El artículo 1 de la Ley del IVA grava a quien enajena bienes o presta servicios independientes en México y fija la tasa general en 16%. Sobre esa regla la ley abre dos salidas distintas que conviene no confundir: la tasa 0% del artículo 2o.-A (el acto está gravado, pero a cero) y la exención del artículo 15 (el acto no paga IVA). En una clínica veterinaria conviven las tres: 16%, 0% y exento, a veces en el mismo ticket.

Por qué la consulta veterinaria puede estar exenta

La consulta veterinaria está exenta porque el Reglamento de la Ley del IVA incluye expresamente al médico veterinario dentro de los "servicios profesionales de medicina".

La fracción XIV del artículo 15 de la LIVA libera del impuesto a "los servicios profesionales de medicina, cuando su prestación requiera título de médico conforme a las leyes", siempre que los presten personas físicas, solas o a través de sociedades civiles o instituciones de asistencia o beneficencia privada autorizadas. El artículo 41 del Reglamento aclara quiénes entran: médico, médico veterinario o cirujano dentista, siempre que cumplan los requisitos de la ley.

Esto es lo contrario de lo que pasa en otros países de la región. En Colombia la exclusión de salud dice "para la salud humana" y la consulta de una mascota paga 19% (lo explicamos en IVA en servicios veterinarios en Colombia); en México el reglamento nombra al veterinario.

Lo que decide es la forma legal, no el servicio

La misma consulta puede ir exenta o con 16%: depende de si la cobra un veterinario titulado como persona física o sociedad civil, o una sociedad mercantil.

La fracción XIV pone tres condiciones a la vez: que el servicio sea de medicina, que requiera título y que lo preste una persona física, directamente o "por conducto de sociedades civiles". Una clínica constituida como S.A. de C.V., S. de R.L. o S.A.S. no es persona física ni sociedad civil, así que esa exención no la alcanza y su consulta va a la tasa general del 16%. Antes de constituir la sociedad o de cambiarla, pregúntale a tu contador cuál de las dos formas te conviene: la exención también tiene un costo, que se ve más abajo.

Tabla: qué IVA lleva cada cosa que cobras

La tabla resume cada caso con su artículo, leído el 30 de octubre de 2026 en el texto de la Cámara de Diputados.

Lo que cobrasIVANorma
Consulta, cirugía y atención médica de un MVZ titulado, persona física o sociedad civilExentoLIVA art. 15 fr. XIV; Reglamento art. 41
La misma atención cobrada por una sociedad mercantil (S.A. de C.V., S. de R.L., S.A.S.)16%LIVA art. 1 (no cumple la fr. XIV)
Estética, baño, guardería y hotel de mascotas16%LIVA art. 1 (no son servicios profesionales de medicina)
Medicinas de patente veterinarias, antígenos y vacunas (venta del producto)0%LIVA art. 2o.-A fr. I inciso b); Reglamento art. 7
Alimento procesado para perros, gatos y pequeñas especies de compañía16%LIVA art. 2o.-A fr. I inciso b) numeral 6
Venta de perros, gatos y pequeñas especies de compañía16%LIVA art. 2o.-A fr. I inciso a) (los excluye de la tasa 0%)
Vacunación, desinfección e inseminación de ganado, prestadas directamente al ganadero para su actividad0%LIVA art. 2o.-A fr. II inciso a)
Accesorios, juguetes y demás productos de la tienda16%, salvo que la ley les dé otra tasaLIVA art. 1; confírmalo con tu contador producto por producto

Dos líneas se confunden seguido. La primera: el artículo 7 del Reglamento considera medicinas de patente a las especialidades farmacéuticas y a "los antígenos o vacunas, incluyendo las homeopáticas y las veterinarias", y por eso su venta va a 0%. La segunda: el alimento animal también es tasa 0% en general, pero el numeral 6 saca expresamente al alimento procesado para mascotas del hogar, que paga 16%.

La exención tiene un costo: el IVA que pagas no se acredita

Una consulta exenta no le cobra IVA al tutor, pero tampoco te deja recuperar el IVA que pagaste en lo que usaste para darla.

El artículo 5, fracción I, de la LIVA solo deja acreditar el IVA de compras indispensables para actividades "por las que se deba pagar el impuesto" o "a las que se les aplique la tasa de 0%". El IVA de los insumos que se usan solo para consultas exentas se vuelve costo. Si tu clínica además vende con 16% y 0% en la tienda, el acreditamiento se calcula en proporción, y esa cuenta la lleva tu contador. La tasa 0% es distinta: el IVA de tus compras para vender medicamentos sí se acredita, y puede dejarte saldo a favor.

Por eso la pregunta "¿me conviene la exención?" no tiene una respuesta fija. Una clínica pequeña con mucha consulta y poca tienda suele salir ganando; una que compra equipo caro y vende mucho alimento tiene que hacer la cuenta.

Ejemplo de un ticket con las tres tasas

Un mismo tutor puede pagar exento, 0% y 16% en una sola visita. Ejemplo de cálculo con precios supuestos, no de referencia, para una clínica de persona física con título:

ConceptoPrecio sin IVAIVATotal
Consulta$500Exento$500
Caja de medicamento de patente veterinario$4000% → $0$400
Baño$30016% → $48$348
Bolsa de alimento para perro$80016% → $128$928
Total del ticket$2.000$176$2.176

Si la misma clínica fuera una S.A. de C.V., la consulta llevaría $80 de IVA y el ticket sumaría $2.256. En el CFDI 4.0, cada concepto lleva su tratamiento de IVA por separado (16%, 0% o exento), según el Anexo 20 del SAT.

Cinco pasos para dejar el IVA en orden en tu clínica

Estos pasos sirven para cualquier clínica en México, sea persona física, sociedad civil o sociedad mercantil.

  • Confirma tu forma legal y tu título. La exención de la fracción XIV pide persona física o sociedad civil, y título de médico veterinario. Si estás por abrir, revísalo junto con los requisitos para abrir una clínica veterinaria en México.
  • Separa tu lista de precios en tres bloques. Atención médica (exenta o 16%, según el paso 1), servicios no médicos como estética y hotel (16%) y productos de la tienda (16% o 0% según el producto).
  • Da de alta cada producto con su tasa. Medicamento de patente y vacuna, 0%; alimento procesado para mascota, 16%. El catálogo de la tienda es donde más se equivoca la tasa; en vender productos en la clínica veterinaria está cómo armarlo.
  • Pregunta cómo separar el biológico de la aplicación. Si vacunas, el producto va a 0% y la aplicación sigue la regla de la consulta. Tu contador te dice si los facturas en conceptos separados.
  • Al tutor dile siempre el precio final. Con IVA incluido donde corresponda, y el CFDI con cada concepto en su tasa.
  • Dónde entra Veteris

    Veteris ordena la agenda, la ficha de cada mascota, la tienda y los ingresos, pero hoy no timbra el CFDI en México.

    En la pantalla de Facturación de Veteris para México, el impuesto está configurado como IVA 16% para toda la clínica. Lo que no hace hoy: no marca conceptos exentos ni a tasa 0%, y no timbra el CFDI 4.0. Mientras tanto, la venta queda con comprobante interno, que no es una factura, y el CFDI lo emites aparte con tu PAC o con el servicio de facturación del SAT. Cuando cargas tus certificados CSD y la llave de tu PAC, el sistema queda preparado para activar tu emisión con el PAC. Si necesitas un software que timbre dentro del mismo sistema hoy, en la comparativa de software veterinario en México están los planes que lo incluyen.

    Veteris tiene un plan Gratis (1 profesional, 3 servicios, 5 citas por semana, 105 mascotas, 5 productos) y el Pro de US$9,90 al mes sin topes.

    Preguntas frecuentes

    ¿La consulta veterinaria paga IVA en México? No, si la cobra un médico veterinario titulado como persona física o a través de una sociedad civil: está exenta por el artículo 15, fracción XIV, de la LIVA, y el artículo 41 de su Reglamento nombra al médico veterinario. Si la cobra una sociedad mercantil, paga 16%.

    ¿Una clínica veterinaria S.A. de C.V. cobra IVA en la consulta? Sí, 16%. La exención de la fracción XIV solo alcanza a personas físicas, solas o por conducto de sociedades civiles o instituciones de asistencia o beneficencia autorizadas. Una sociedad mercantil no cumple esa condición.

    ¿Los medicamentos veterinarios pagan IVA? Los medicamentos de patente veterinarios, los antígenos y las vacunas van a tasa 0%: el artículo 2o.-A, fracción I, inciso b), de la LIVA pone a 0% las medicinas de patente, y el artículo 7 del Reglamento incluye las veterinarias.

    ¿El alimento para perro paga IVA? Sí, 16%. El alimento animal en general es tasa 0%, pero el numeral 6 del inciso b) excluye los alimentos procesados para perros, gatos y pequeñas especies usadas como mascotas en el hogar.

    ¿La estética y el hotel de mascotas pagan IVA? Sí, 16%. No son servicios profesionales de medicina, así que no entran en la exención del artículo 15, y ninguna fracción del artículo 2o.-A les da tasa 0%.

    ¿Qué diferencia hay entre exento y tasa 0%? Con tasa 0% el acto está gravado a cero y el IVA de tus compras se puede acreditar (LIVA art. 5, fracción I). Con la exención no cobras IVA, pero el IVA que pagaste en lo que usaste para ese servicio no se acredita y se vuelve costo.

    ¿Veteris timbra el CFDI con conceptos exentos? No. Hoy Veteris no timbra el CFDI en México y aplica una sola tasa de IVA 16% por clínica, sin conceptos exentos ni a 0%. Emite boleta y factura en Chile (SII) y en Perú (SUNAT).

    Fuentes

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